Integrantes del IEQROO, declararon el resultado de la Jornada de Consulta Popular celebrada el pasado domingo 5 de junio del presente año en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres y Puerto Morelos; a excepción del municipio de Solidaridad, que tuvo un 28.02 por ciento de participación ciudadana y conforme a la normativa aplicable, ésta debe ser del 35 por ciento.
Como se recordará, en la jornada electoral del 5 de junio de la presente anualidad, en los municipios arriba mencionados también se sometió a consulta la pregunta ¿Está usted de acuerdo que, la empresa Aguakan continúe prestando el servicio concesionado de agua potable, alcantarillado y saneamiento?
En el caso del municipio de Benito Juárez se declaró válidos y definitivos los resultados de la Consulta Popular conforme a los resultados siguientes: Si, 69 mil 893; No, 157 mil 759; Nulos 6 mil 565 para un total de 234 mil 217 votos de un listado nominal en dicho municipio de 636 mil 677 ciudadanas y ciudadanos, obteniendo un porcentaje de participación de 36.79 por ciento.
En lo que se refiere al municipio de Isla Mujeres, los resultados fueron: Si, 3 mil 806; No, 5 mil 880; Nulos 575 para un total de 10 mil 261 votos de un listado nominal en dicho municipio de 22 mil 613 ciudadanas y ciudadanos, obteniendo un porcentaje de participación que representa 44.96 por ciento.
En el municipio de Puerto Morelos se declaró válidos y definitivos los resultados de la Consulta Popular conforme a los resultados siguientes: Si, 3 mil 647; No, 5 mil 947; Nulos 572 para un total de 10 mil 166 votos de un listado nominal en dicho municipio de 22 mil 613 ciudadanas y ciudadanos, obteniendo un porcentaje de participación que representa un 44.96 por ciento.
Para el caso del municipio de Solidaridad, los resultados fueron: Si, 11 mil 269; No, 51 mil 417, Nulos mil 272, para un total de 64 mil 349 votos de un listado nominal de 229 mil 629 ciudadanas y ciudadanos, obteniendo un porcentaje de participación de 28.02 por ciento, por lo que se declaró no vinculante el resultado de la jornada de la Consulta Popular en este municipio.
En el caso de los municipios vinculantes, se notificará por oficio el presente acuerdo, por conducto de la consejera presidente, a la XVI Legislatura del Congreso del Estado y al titular del Poder Ejecutivo de la entidad, para los efectos conducentes, haciéndoles de su conocimiento que, de conformidad con el artículo 95 de la Ley de Participación, el incumplimiento de los efectos del resultado de la Consulta Popular, que resultaron vinculantes, se considera una omisión que redunda en perjuicio del interés público fundamental y de su buen despacho, por lo que será sancionado en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Quintana Roo.
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