El término de ‘obsolescencia programada’ ha generado mucha discusión desde que surgió, por lo que representa para el consumo de dispositivos electrónicos. Pero, ¿es legal en nuestro país?
La obsolescencia programada es la acción intencional que hacen los fabricantes para que los productos dejen de servir en un tiempo determinado, pero ¿esto es legal en nuestro país?
Esto es lo que dice la ley acerca de esta práctica común en las grandes empresas nacionales y transnacionales productoras de aparatos eléctricos y electrónicos.
¿Qué es la obsolescencia programada?
La obsolescencia programada se concibe como el diseño o programación del fin de la vida útil de un producto; es el tiempo, calculado por el fabricante, en el que los mismos se volverán obsoletos, sin informar de ello a los consumidores.
En este sentido, la obsolescencia programada es vista como afectación a la economía de las personas y puede considerarse una forma de oferta engañosa de productos o servicios.
Tipos de obsolescencia
De acuerdo con información de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) los tipos de absolescencia son:
· Obsolescencia funcional y tecnológica: Se da debido a un defecto funcional, avería o incompatibilidad.
· Obsolescencia de calidad: Después de un corto tiempo el producto presenta fallas y mal funcionamiento.
· Obsolescencia psicológica: Se siembra la idea de que el producto deja de ser el de novedad o el última tendencia.
¿Es legal?
En países como Francia la obsolescencia programada es un delito, por lo que los fabricantes están sometidos a criterios de durabilidad, para lo cual deben establecer estándares de medición, prueba y verificación.
A finales de 2017, la organización francesa Halte à l’ Obsolescence Programmée (HOP por sus siglas en francés) llevó a tribunales franceses a los fabricantes HP, Canon, Brother y en particular a Epson por limitar la vida útil de las impresoras.
En México, la Profeco y el Instituto Politécnico Nacional (IPN), trabajan de manera conjunta para realizar acciones que permitan conocer a los fabricantes que realizan en nuestro país la práctica de obsolescencia programada.
Por ello se ha planteado que para atacar este problema de forma global se debe tener una nueva visión circular para los aparatos electrónicos, también conocida como “producción de ciclo cerrado”, la cual consiste en ampliar la duración de los aparatos y contemplar procesos de reciclaje de los componentes que son valiosos pero peligrosos para la salud humana o el medio ambiente.
Y es que por ley no existe una prohibición para que los fabricantes recurran a estas prácticas, aunque en el Senado ya se planteó una iniciativa que propone reformar Ley Federal de Protección al Consumidor, esto para sancionar estar prácticas.
La propuesta de reforma, presentada en 2019 por el senador de Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda, que aún se encuentra pendiente propone incorporar a la obsolescencia programada entre las prácticas que deben ser sancionadas en el marco de la Ley Federal de Protección al Consumidor, de forma que la Profeco esté en condiciones de investigar y sancionar a los fabricantes de productos y servicios con obsolescencia programada.
El impacto ambiental de la obsolescencia programada
En México se calcula que cada persona genera al año, 8.2 kilogramos de basura electrónica. La basura electrónica es cualquier producto con un enchufe, cable eléctrico o batería que ya cumplió su vida útil.
Estos desperdicios incluyen elementos como el cobre y oro, que pueden ser tóxicos durante los procesos de reciclaje.
Según un informe de la Comisión de Residuos Electrónicos de la Oficina Internacional de Reciclaje (BIR, por sus siglas en inglés), para finales de este 2021 se generarán 53.9 millones de toneladas de residuos de aparatos electrónicos, lo que comparado con los 41.2 millones de 2016, supondrá un incremento del 30%.
Además, la ONU estima que sólo 20 % de dichos residuos son reciclados, y que para 2050 podrían generarse hasta 120 millones de toneladas de chatarra electrónica.
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